Artículo de Óscar Jiménez Moriano en Noticias Jurídicas que, partiendo de la sentencia de TS de 23 de mayo de 2001, recurso nº 914/1996, que incluía entre las obligaciones del abogado la de informar al cliente de los "pros y contras", del riesgo del asunto o de la conveniencia o no del acceso judicial, junto con los costos, la gravedad de la situación y la probabilidad de éxito o fracaso, remarca que recientemente se han incrementado las sentencias condenatorias por responsabilidad civil basadas en la aplicación de una figura importada del Derecho Sanitario: la falta de consentimiento informado. Este aumento de condenas civiles, para el autor, obliga a reflexionar sobre la necesidad de que el abogado recabe de forma expresa el consentimiento del cliente, previa exposición circunstanciada de los riesgos y del coste económico o, en su defecto, de las bases del cálculo. Por ello analiza la responsabilidad civil del abogado, con especial hincapié en la falta de consentimiento a la luz de las sentencias más recientes.
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